Un perro se considera potencialmente peligroso (PPP) cuando debido a su raza, el carácter agresivo, tamaño o potencia de su mandíbula tiene capacidad para causar la muerte o producir lesiones a personas u/a otros animales, y causar daños a bienes públicas o privadas.
¿Qué perros se consideran potencialmente peligrosos?
Los perros considerados potencialmente peligrosos son:
- Los que pertenecen a las razas o los cruces siguientes: akita inu, american staffordshire terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull terrier, perro de presa canario, bull terrier de staffordshire , rottweiler, Tosa Inu o japonés.
- Los ayuntamientos pueden determinar qué perros, no pertenecientes a las razas anteriores, son potencialmente peligrosos si cumplen todas o la mayoría de las características siguientes (se exceptúan los perros guía o de asistencia adiestrados en centros oficialmente reconocidos):
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grandes mejillas musculosas y abombadas.
- Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
- Perros que han tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros, y que hayan sido declarados potencialmente peligrosos por una autoridad municipal, entre otros.
- Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
¿Qué requisitos deben cumplirse para tener uno de estos perros y para sacarlo a la calle?
- Todos los animales de compañía (perros, gatos y hurones) deben estar identificados con un microchip y dados de alta en el Censo Municipal del Ayuntamiento (censo hospitalet).
- El propietario debe ser mayor de edad.
- La persona propietaria del perro debe haber suscrito una póliza de seguro de responsabilidad civil con una cobertura de 150.253 €.
- Además, para tener o pasear un perro potencialmente peligroso es necesaria una licencia administrativa que emite el ayuntamiento del municipio donde el perro reside habitualmente y donde debe estar censado, el coste de la licencia en el Ayuntamiento de L’Hospitalet 2014 era de 43,7 €. Esta licencia tiene un periodo de validez de 5 años.
Para obtener o renovar esta licencia debe dirigirse al Negociado de Protección de los Animales del Servicio de Salud del Ayuntamiento (c / Cobalto 57, 2ª planta en L’Hospitalet, tlf. 934 032 916).
Entre otros documentos, le pedirán:
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
- Certificado de no haber sido sancionado o sancionada por infracciones graves o muy graves en materia de animales potencialmente peligrosos.
Este certificado lo emite el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda y para obtenerlo es necesario enviar por correo postal una solicitud cumplimentada (solicitud certificado), junto con una fotocopia del DNI o NIE, en la dirección siguiente:
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda
Dirección General del Medio Natural
Calle del Dr. Roux, núm. 80
08017 Barcelona
No disponer de la licencia está considerado por la ley una falta muy grave, y se castiga con una multa de 2.404,05 € y la posibilidad de decomiso del animal.
¿Cómo se debe llevar un perro potencialmente peligroso por la vía pública y las partes comunes de los inmuebles?
- El animal debe ir siempre atado con una correa no extensible de menos de 2 metros.
- En todo momento, el perro debe llevar un bozal adecuado a su raza.
- Sólo se puede llevar un animal por persona, y la persona que lo lleva debe tener la licencia a su nombre.
El incumplimiento de llevar el perro con bozal o correa se penaliza con una multa de hasta 300 €, y si no se ha suscrito la póliza de seguro civil obligatoria, la multa es de 400€.